Convocatoria Consejo Territorial De Planeación

 proceso de Actualización para la conformación del Consejo Territorial de Planeación del Municipio de Campoalegre

​​

MUNICIPIO DE CAMPOALEGRE

ALCALDIA MUNICIPAL

 

CONVOCATORIA 001 DE 2020

INTEGRACIÓN DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN

 

La Alcaldía Municipal de Campoalegre, en consideración a que en la actualidad se está desarrollando el proceso de formulación del Plan de Desarrollo Municipal y que para tal efecto, se debe tener en cuenta:

 

Que la Constitución Política de 1991, establece en su Artículo 340. "Habrá un Consejo Nacional de Planeación integrado por representantes de las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales. El Consejo tendrá carácter consultivo y servirá de foro para la discusión del Plan Nacional de Desarrollo...."

 "En las entidades territoriales habrá también consejos de planeación, según lo determine la ley. El Consejo Nacional y los consejos territoriales de planeación constituyen el Sistema Nacional de Planeación."

 

Que la Ley 152 de 1994, desarrolla lo referente a los Consejos Territoriales de Planeación – CTP, como espacios de participación comunitaria para la planeación y el control social de las políticas de desarrollo económico, social, político, cultural y territorial de municipios, distritos y departamentos; establece los lineamientos para la conformación y el funcionamiento del Consejo Nacional de Planeación y de los consejos territoriales; igualmente, determina que para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo de las entidades territoriales, se aplicarán las mismas reglas previstas para el Plan Nacional de Desarrollo, en cuanto sean compatibles.

Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 34 de la ley 152 de 1994, los Consejos Territoriales de Planeación – CTP, como mínimo debe estar integrados por delegados de los sectores económicos, sociales, ecológicos, educativos, culturales y comunitarios.

 

En virtud de lo anterior, se permite:

 

CONVOCAR

A todas las organizaciones legalmente constituidas, que cuenten con sus personerías jurídicas vigentes y que pertenezcan a los sectores económicos, sociales, ecológicos, educativos, culturales y comunitarios, tales como: Asociaciones de productores campesinos, Gremios de la Producción Agropecuaria, gremios de comerciantes, asociaciones de mujeres, de jóvenes, de grupos étnicos, de población en condición de Discapacidad, de Víctimas, de población LGTBIQ, de Vivienda, Asociaciones de ambientalistas, de docentes, de deportistas, de agrupaciones culturales y artísticas y de la Asociación de juntas de acción comunal, para que participen en el proceso de la Actualización de la conformación del Consejo Territorial de Planeación del Municipio de Campoalegre.

 

Para lo anterior, se debe integrar una terna de candidatos por cada organización, que considere que no cuentan con representación en el Consejo Municipal de Planeación; legalmente constituido mediante Decreto 040 de 2016. Las ternas deben ser entregadas a más tardar el día 04 de Marzo del presente año, a las 9:00 am, en el despacho de la Secretaría de Planeación e Infraestructura y Asuntos Sociales del Municipio de Campoalegre. La terna debe ir acompañada de la siguiente documentación:

 

  • Copia del acto donde conste la Personería Jurídica de la Organización.
  • Hoja de vida de los candidatos.
  • Copia del acta de la reunión en la cual se hizo la postulación.

 

La presente convocatoria se publica el día 17 de febrero de 2020.

 

 

 

ELIZABETH MOTTA ALVAREZ

ALCALDESA MUNICIPAL

 

 

 

Revisión Jurídica

José Nelson Polanìa Tamayo

 

Elaborado por (firma):Revisado por (firma):Aprobado por (firma):
Nombre: Nombre: Nombre:
Cargo:Cargo:Cargo:
Fecha: Fecha: Fecha:
Convocatoria Consejo Territorial de Planeacion.pdf